BONO DE 600 NUEVOS SOLES PODRA COBRARSE HASTA EL 31 DE MAYO DEL 2021
El Gobierno oficializó la entrega del bono en favor de las familias vulnerables como consecuencia de la pandemia y nuevo confinamiento.
Vía Decreto de Urgencia, se aprobaron medidas adicionales extraordinarias para disminuir la afectación de las medidas de aislamiento social obligatorio en los hogares de diferentes departamentos del Perú, en atención al nivel de alerta que tengan.
La norma autoriza el otorgamiento excepcional y por única vez de un subsidio monetario complementario de S/ 600 a favor de aquellas familias en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
TAMBIÈN PUEDES VER:¿A QUE HOGARES SE INCLUYE EN ESTE BONO?
También se incluye a aquellos hogares beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres (Juntos) y aquellos hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza (Contigo).
Además, serán beneficiados del bono de S/ 600 los hogares cuyos integrantes no se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada, exceptuándose a los pensionistas y a la modalidad formativa.
TAMBIÈN PUEDES VER:Dichos hogares beneficiarios del bono de S/ 600 no deben tener ningún integrante con un ingreso superior a S/ 3,000 mensuales de acuerdo a la información disponible de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), la SUNAT, el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o la planilla privada.
Según la norma el bono o subsidio monetario complementario de S/ 600 puede cobrarse como máximo hasta el 31 de mayo del 2021.
El decreto señala que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), en un plazo no mayor de cinco días hábiles contados a partir de mañana, remite al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) el registro de hogares elegibles para el subsidio monetario complementario.
El Midis aprobará los padrones que contengan los hogares beneficiarios del subsidio monetario complementario, sobre la base de la información del registro nacional disponible, de acuerdo a la priorización que dicho sector determine.
Noticias Relacionadas: