Bono Escolaridad 2022: Requisitos para recibir la bonificación de S/400

Conoce aquí cuales son los requisitos para recibir esta bonificación este mes de enero.

El Gobierno Peruano publico el vienes 14 de enero el Decreto Supremo 001-2022-EF, en este decreto se detalla la disposición complementarias para el pago del Bono Escolaridad por S/400 a los trabajadores del formales del sector publico.

El pago de este bono solo se da una vez al año en la planilla de pagos del mes de enero, este apoyo económico se da con el objetivo de afrontar los gastos escolares.

Para poder ser beneficiario de este bono, los trabajadores deben tener hijos en edad escolar y estar trabajando en el sector publico a la fecha de la publicación de la norma y tener una antigüedad no menor a los 3 meses en el trabajo.

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Conoce aquí quienes recibirán este Bono Escolaridad

  • Funcionarios y servidores nombrados contratados en los diferentes regímenes que existen en el estado, docentes universitarios, personal de salud, obreros permanentes y eventuales, personal de las fuerzas armadas y policía nacional y pensionistas a cardo del estado peruano.
  • Trabajadores del sector publico que se encuentren bajo el regimen laboral de la actividad privada.
  • Trabajadores penitenciarios.
  • Auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas publicas.
  • Jueces del poder judicial, fiscales del ministerio publico.

Requisitos para ser beneficiario del Bono Escolaridad

  1. Encontrarse laborando a la fecha de vigencia de la norma, o en uso del descanso vacacional o licencia con remuneración o también recibiendo los subsidios a la que se describe la ley Nº 26790 Ley de la modernización de la Seguridad Social en Salud.
  2. Tener o contar con el servicio con una antigüedad no menor 3 meses a la vigencia de la norma. Si no cuenta con ese tiempo de servicio recibirá el bono en forma proporcional a los meses y días trabajados.

Magisterio Nacional

El bono por escolaridad se brindara a los docentes con jornada laboral completa. Los servidores bajo el regimen de carrera propia que trabajan a tiempo parcial o jornada laboral incompleta , recibirán la bonificación de escolaridad igual a los que trabajan a tiempo completo.

Contratación Administrativa de Servicios (CAS)

El Bono Escolaridad no llega a las personas contratadas mediante el regimen especial de
Contratación Administrativa de Servicios (CAS), ordenado por el Decreto Legislativo Nº 1057.

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