¿Cómo puedes demostrar ante la Sunat el dinero en tu cuenta bancaria si tienes más de S/10,000?

En esta nueva medida el principal requerimiento de la Sunat será entregar el sustento de origen de los depósitos, infórmate aquí todo sobre esta noticia.

La Sunat, con el fin de combatir la elusión y evasión tributaria, afirmó que las entidades financieras están obligadas a brindar información detallada sobre las cuentas de sus clientes que tengan un monto igual o superior a 10 mil soles, por ello los peruanos tendrán que demostrar el origen de sus depósitos ante la nueva fiscalización.

El intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, Palmer de la Cruz, a señalado que la entrega de información financiera no implicará que necesariamente exista una evasión o elusión.

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Los datos solo servirán para cruzar información con las declaraciones que se hayan presentado.

"Por ejemplo, si tengo una cuenta de S/ 50,000 por un periodo permanente de tiempo y no tengo ninguna declaración ante la administración tributaria, lo que va hacer la Sunat -primero- es preguntarle al contribuyente, cuál es la fuente de origen de los S/ 50,000. Si el contribuyente tiene el sustento para acreditar ese fondo se dará por atendida la Sunat", comentó en RPP Noticias.

¿CÓMO SUSTENTAR EL MONTO DE TUS CUENTS DE AHORROS?

Según las declaraciones de Palmer de la Cruz al citado medio, una persona puede prever todos los escenarios con "una respuesta fidedigna" para la Sunat, en la cual debes demostrar con pruebas el ingreso del dinero.

El especialista aclaró que es probable que se pidan documentos que posiblemente el contribuyente no tenga a la mano, por ejemplo: Si el dinero que se encuentra en su cuenta de ahorros es producto de los intereses generados por un préstamo entonces le pedirán el contrato, o si el monto corresponde a la donación un inmueble le pedirán la escritura pública.

Si el dinero en dicha cuenta es producto de los años de trabajo y las remuneraciones ahorradas, sí hay forma de comprobarlo y más aún cuando se ha trabajado formalmente con una empresa.

Pero en el caso de los trabajadores informales el caso es distinto pues al no tener un comprobante de pago "la Sunat va a poder cobrarle a este contribuyente todo lo que dejó de pagar al fisco".

¿QUÉ INFORMACIÓN SE DEBERÁN ENTREGAR LOS BANCOS A LA SUNAT?

1. Identificación del titular o titulares de la cuenta.

Si se trata de una persona natural se requiere:

- Nombre
- Número de documento de identidad
- Número de RUC o NIT de contar con dicha información
- Domicilio registrado

Si es la cuenta bancaria de una empresa:

- La denominación o razón social
- El número de RUC o el NIT de contar con esta información
- El domicilio registrado y, de corresponder, el lugar de constitución o establecimiento.

2. Datos de la cuenta.

Estos son los datos que solicitan la Sunat de las entidades financieras, a fin de conocer los movimientos de estos montos:

- Tipo de depósito
- Número de cuenta
- Código de Cuenta Interbancario (CCI), así como la moneda (nacional o extranjera).
- Clase de titularidad de la cuenta (individual o mancomunada).
- El saldo y/o montos acumulados, promedios o montos más altos
- Rendimientos generados en la cuenta durante el período que se informa

Esta información será revisada por la Sunat para verificar que no hayan inconsistencias que signifique posibles indicios de evasión o elusión tributaria.

Redacción Informate Primero

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