Gobierno Peruano presenta Ley que permite el Retiro del 100% de la CTS

Pedro Castillo promulgo una nueva ley Nº 31480 que autoriza a los trabajadores retirar de forma extraordinario el 100% de sus fondos de la Compensación por tiempo de Servicio (CTS) hasta fines del 2023.

Esta Ley Nº31480 cuenta con la firma del actual Presidente de la Republica, este ley fui difundida en el Diario Oficial El Peruano y su objetivo es mitigar la crisis económica causadas por la pandemia de Covid-19.

“La presente ley tiene por objeto autorizar a los trabajadores disponer de la compensación por tiempo de servicios a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19” de detalla en el articulo 1 de dicha Ley.

TAMBIÈN PUEDES VER:Retiro CTS al 100%Retiro CTS: Conoce aquí como será su pago y cuanto te corresponde cobrar

Dentro de los trabajadores beneficiarios directos se encuentran los del régimen laboral privado que trabajan una jornada mínima de 4 horas diarias, además también recibirán este beneficio los trabajadores de pequeñas empresas, trabajadoras del hogar, trabajadores del régimen agrario, y otros.

Habrá más de 1 retiro de la CTS

En dicha norma se detalla que esta autorización de retirar los fondos de la CTS "Por única vez" Según por el experto Jorge Castillo Carrillo Acosta, no significa que solo sea un solo retiro, si no que solo se dará por circunstancia única que es por la crisis económica que ocasionó la pandemia de Covid-19.

Tercera Autorización para el retiro extraordinario de la CTS

Con esta nueva ley promulgada por el gobierno peruano se sabe que ya seria la tercera pues las anteriores se dieron a través de las siguientes normas:

  • El primer retiro de la CTS se dio través del Decreto de Urgencia Nº 033-2022, en la que podías retirar hasta 2 retiros de 2,400 soles cada uno.
  • El Segundo Retiro se dio a través de la Ley Nº31171, en esta los trabajadores accedieron hasta el 100% de sus depósitos con un plazo de cobro de hasta el 31 de diciembre del 2021.

Datos Importantes

  • Es importante mencionar que solo los trabajadores que se encuentran en el sistema formal podrán acceder al retiro del 100% de la CTS.
  • Además también El Poder Ejecutivo deberá dictar las disposiciones reglamentarias en un plazo máximo de 10  días hábiles.

Redacción Informate Primero

Las noticias de "Redacción IP" son redactadas por el equipo de nuestra redacción. Para mas información comunicarse al correo: prensa@informateprimero.com

Noticias Relacionadas: