Plantean ingreso libre de estudiantes a universidades públicas y privadas

Ofrecen entrada gratuita de estudiantes a universidades públicas y privadas.

El diputado de la República, Johan Flores Villegas presenta el proyecto de ley 7930/2020-CR, que propone modificar la ley universitaria, ley 30220, para disponer la libre admisión de estudiantes a las universidades públicas y privadas, asegurando la continuidad docente y constitucional. derecho a la educación superior. educación de calidad.

Según la justificación, la iniciativa legislativa tiene como objetivo garantizar la continuidad educativa y el derecho constitucional de los estudiantes a una educación universitaria de calidad. Asimismo, esta medida permitiría luchar contra las desigualdades que vive la población joven que trunca sus expectativas en materia de educación superior por falta de medios.

El diputado proponente citó casos en ocho países donde la prueba de ingreso no es obligatoria para ingresar a la universidad. Como Argentina, España, República Checa, Reino Unido, Portugal, Polonia, Nueva Zelanda y Japón.

LEY QUE MODIFICA LA LEY UNIVERSITARIA N ° 30220 PARA GARANTIZAR LA LIBRE ENTRADA DE ESTUDIANTES EN UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS, GARANTIZAR LA CONTINUIDAD DE LAS ESCUELAS Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA CONSTITUCIÓN DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS

Artículo 1. Objeto de la ley
Esta ley tiene por objeto modificar los artículos 97 y 98 de la ley universitaria 30220, para permitir la libre admisión de estudiantes a las universidades públicas y privadas acreditadas, garantizando la continuidad didáctica y el derecho constitucional a la educación superior de calidad en todas las materias del territorio nacional.

Artículo 2. Objeto de la ley
Esta ley tiene por objeto garantizar la continuidad educativa y el derecho constitucional de los estudiantes a una educación universitaria de calidad a través del libre acceso a las universidades públicas y privadas de todo el territorio nacional, con el fin de promover el desarrollo humano sostenible y el contexto regional.

Artículo 3.- Modificación del artículo 97. Estudiantes, Ley 30220, Ley Universitaria.
Modifica el primer párrafo del artículo 97. Estudiantes, de la ley 30220, derecho universitario, de acuerdo con el siguiente texto:

Sus estudiantes universitarios de pregrado que, una vez finalizados los estudios secundarios, acceden gratuitamente a través del trámite de admisión a la universidad, han ocupado un puesto vacante y se encuentran matriculados en él.

Artículo 4. Modificación del artículo 98. Procedimiento de admisión, de la ley 30220, ley universitaria
Modifica el artículo 98. Procedimiento de admisión, de la ley 30220, ley universitaria, de acuerdo con el siguiente texto:

La admisión a la universidad es gratuita mediante evaluación pública, previa adecuación de las plazas por ciclo según demanda. El proceso de entrada gratuita incluye una evaluación de requisitos como principal proceso obligatorio y una evaluación de habilidades y aptitudes como complemento opcional. El Estatuto de cada Universidad establece los procedimientos y normas que regulan el procedimiento ordinario de admisión y el régimen de matrícula al que pueden postularse los estudiantes. Los solicitantes que hayan cumplido las condiciones correspondientes ingresan a la universidad de forma gratuita, las plazas son ajustadas y ampliadas por la universidad de acuerdo a la demanda de los solicitantes.

DISPOSICIONES ADICIONALES.

PRIMERO. Vigencia de la ley.
Esta ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

EN SEGUNDO. Revocar.
Deroga todas las disposiciones que se oponen a esta ley.

LA TERCERA. Fondos.
Las acciones previstas por esta ley se financian con los presupuestos institucionales de las universidades públicas y privadas.

Redacción Informate Primero

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