¿Qué pasa si el demandado por Pensión de alimentos no puede pagar la pensión?
El deber de pagar una pensión de alimentos a los menores hijos de edad puede recaer en otros parientes además del padre de familia derecho por ley. Vale decir que esto se acredita si es que el obligado a prestar alimentos no tiene como brindar la pensión o sustento económico pactado.
Conforme Rosa María Palacios comento nadie está obligado a pagar una pensión de alimentos si es que pone en inseguridad su propia estabilidad o existe la imposibilidad de efectuar esta responsabilidad. Este suceso debe ser demostrado vía legal.
¿Quiénes responden por la pensión de alimentos?
Actualmente si existe imposibilidad o la ausencia completa de los padres, se llama a pagar una pensión de alimentos siguiendo un nivel de parentesco y de acuerdo a sus propias posibilidades:
- Familiares descendientes (Hermanos mayores de edad).
- Si no asume el primero , los familiares ascendientes (Abuelos).
- En el caso de que no asuman los dos anteriores, los familiares colaterales hasta el tercer grado (tíos).
En el caso de que fallezca uno de los padres y el otro se encuentra ausente, la jueza Inés Barrón, señala que son los familiares mas cercanos son quienes se encargan del menor y tendrían que demandar la pensión de alimento.
Si no existe ningún parentesco que asuma dicha obligación, se designara una persona responsable del niño o adolescente , quienes serán sus nuevos tutores legales.
"La persona tiene que cumplir, tiene que ver la forma. Hay casos en que no hay cómo acreditar cuánto gana o en qué trabaja y se fija el mínimo vital "expresó Inés Barrón.
¿Pueden asumir la pensión de alimentos varias personas?
“Sí, por ejemplo, si son varios los hermanos en la posibilidad de prestar alimentos, el juez podrá prorratear (repartir proporcionalmente) las obligaciones, de acuerdo a las posibilidades de cada uno de ellos”, dijo Rosa María Palacios.
¿En que momento acaba el pago de pensión de alimentos?
El pago de pensión de alimentos termina cuando el joven o niño cumple los 18 años, pero existen 2 posibilidades de seguir pagando:
- Si el joven sigue con sus estudios de una profesión u oficio hasta los 28 años de edad.
- Cuando el hijo mayor de 18 años no puede valerse por si mismo por causas de incapacidad física o mental.
¿Cuál es el monto mínimo o máximo de una pensión de alimentos?
"La pensión fijada judicialmente, se establecerá de acuerdo a criterios de evaluación del propio juez y deberá tener en cuenta la situación y posibilidades de la familia" comentó la especialista.