

El Diario El Peruano publico la Resolución Viceministerial 004-2021-EF/52.01, este mismo autoriza el pago de las pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 199990, financiado con el presupuesto de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Según la norma se detalla la aprobación del cronograma de pagos tiene como meta contribuir una mayor validez en el cumplimiento de las obligaciones del estado, a través de las unidades ejecutoras del gobierno nacional y de los gobiernos regionales, y así también mejorar la atención a los trabajadores y pensionistas del sector publico.
Esto se estableció en el Anexo 01, este abarca los pagos personales bajo la modalidad del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), y a otros como de carácter periódico y no remunerativo como el Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (Secigra) y el Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (Serums), además también las propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de las escuelas militares, entre otros.
TAMBIÈN PUEDES VER:También abarca las obligaciones relacionadas con la bonificación por escolaridad 2022 y los aguinaldo por fiestas patrias y navidad se fijan según los anexos del referido cronograma, según los meses que corresponda.
Aquí se determina que las obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de remuneración o pensiones como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones (Régimen Laboral 728), indemnizaciones y otras similares se realiza se realizara en las fechas que señala la legislación aplicable.
Aquellas unidades ejecutoras que tienen personal del régimen laborar del DL-728 realizaran el cobro de los conceptos por remuneración y gratificación en los meses de julio y diciembre en una sola planilla, en su fecha correspondiente.
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